La reforma fiscal y la ley para el fomento del trabajo autónomo introducen varios cambios.
Los trabajadores que decidan darse de alta como autónomos —y aquellos que ya estén inscritos en este régimen— deben de tener en cuenta una serie de novedades que entraron en vigor entre finales de 2015 y principios de 2016. Además de las actualizaciones anuales de las bases de cotización, la ley para el fomento del empleo autónomo y lareforma fiscal han producido cambios en varias materias, desde las bonificaciones hasta la percepción de la ayuda por desempleo.
- Actualización de las bases de cotización. Cada año se actualiza la base máxima y mínima de cotización, y en consecuencia la cuota que los autónomos abonan mensualmente a la Seguridad Social. En 2016, la base máxima sube de 3.606 a 3.642 euros, mientras la mínima —a la que está acogido casi el 90% de los trabajadores por cuenta propia— se incrementa de 884,40 a 893,10 euros. Así que, si cotizas por la mínima y no gozas de ninguna bonificación, tendrás que pagar unos 266 euros al mes, unos tres euros más que el año pasado.
- Rebaja del IRPF. El Gobierno decidió adelantar al pasado julio la bajada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), medida que hubiera tenido que entrar en vigor este enero: desde el pasado julio la retención ha bajado del 19% al 15% para todos los profesionales —antes era del 19% para rentas superiores a los 15.000 euros—, y del 9% al 7% durante los primeros tres años de actividad. Además, desde finales de 2014, los trabajadores por cuenta propia que se están beneficiando de la tarifa plana de 50 euros podrán seguir disfrutando de esta reducción también cuando contraten a otro trabajador. Anteriormente, la bonificación se perdía al emplear a otro profesional.