{"id":5490,"date":"2015-05-29T17:48:10","date_gmt":"2015-05-29T16:48:10","guid":{"rendered":"http:\/\/agencia.linklabora.es\/?p=5490"},"modified":"2015-05-29T17:48:10","modified_gmt":"2015-05-29T16:48:10","slug":"las-bonificaciones-y-reducciones-de-autonomos-para-ano-2015","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.linklabora.es\/agencia\/las-bonificaciones-y-reducciones-de-autonomos-para-ano-2015\/","title":{"rendered":"Las bonificaciones y reducciones de aut\u00f3nomos para a\u00f1o 2015"},"content":{"rendered":"<ul>\n<li>Tanto para los trabajadores aut\u00f3nomos, como para los que est\u00e1n pensando en darse de alta, es vital conocer las reducciones y bonificaciones a las que pueden optar, ya que es posible ahorrar importantes cantidades.<\/li>\n<li><a href=\"http:\/\/cincodias.com\/cincodias\/2014\/10\/17\/autonomos\/1413557625_561765.html\">As\u00ed queda la tarifa plana para aut\u00f3nomos<\/a><\/li>\n<li><a href=\"http:\/\/cincodias.com\/cincodias\/2015\/01\/21\/guias_pyme\/1421855869_676855.html\">\u00bfPuedo trabajar como aut\u00f3nomo sin estar dado de alta como aut\u00f3nomo?<\/a><\/li>\n<li><a href=\"http:\/\/cincodias.com\/cincodias\/2015\/01\/08\/autonomos\/1420735019_846593.html\">10 subvenciones y ayudas para aut\u00f3nomos y pymes en 2015<\/a><\/li>\n<\/ul>\n<p>Tanto para las personas que ya est\u00e9n dadas de alta en el\u00a0<a href=\"http:\/\/www.seg-social.es\/Internet_1\/Trabajadores\/CotizacionRecaudaci10777\/Regimenes\/RegimenEspecialTrab10724\/index.htm?ID=10724\">R\u00e9gimen Especial de Trabajadores Aut\u00f3nomos<\/a>\u00a0(RETA), como para las que est\u00e1n pensando en hacerlo, es muy importante conocer las reducciones y\u00a0<strong>bonificaciones<\/strong>\u00a0que se pueden aplicar. En los \u00faltimos a\u00f1os se han modificado las\u00a0<strong>cuotas<\/strong>, por lo que es interesante conocer qu\u00e9 caracter\u00edsticas y requisitos se deben tener para poder acceder a ellas.<\/p>\n<p>Las bonificaciones en la cuota de\u00a0<strong>aut\u00f3nomos<\/strong>existentes:<\/p>\n<p><strong>Bonificaci\u00f3n para trabajadores aut\u00f3nomos que cesen la actividad por encontrarse de baja por maternidad<\/strong><\/p>\n<p>Los trabajadores aut\u00f3nomos que cesen la actividad por periodo de maternidad,<strong>paternidad<\/strong>,\u00a0<strong>adopci\u00f3n<\/strong>, acogimiento, riesgo durante el\u00a0<strong>embarazo<\/strong>\u00a0o durante la\u00a0<strong>lactancia<\/strong>natural, que seas sustituidos por\u00a0<strong>desempleados<\/strong>, tendr\u00e1n derecho a recibir una bonificaci\u00f3n del 100% de la cuota unavez aplicado el tipo de cotizaci\u00f3n establecido durante la sustituci\u00f3n sobre la base m\u00ednima. La bonificaci\u00f3n se podr\u00e1 recibir mientras que coincida el tiempo de la suspensi\u00f3n de la actividad con el contrato del sustituto y tiene una duraci\u00f3n, como m\u00e1ximo, del propio periodo de suspensi\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Bonificaci\u00f3n para aut\u00f3nomos residentes en Ceuta y Melilla<\/strong><\/p>\n<p>Los trabajadores por cuenta propia que se dediquen al comercio, la hosteler\u00eda, el turismo o la industria, y residan en Ceuta o Melilla, tendr\u00e1n derecho a una bonificaci\u00f3n del 50% de la cuota por contingencias comunes (enfermedad), con car\u00e1cter indefinido. Con las\u00a0<strong>salvedades<\/strong>\u00a0de que el primer a\u00f1o la bonificaci\u00f3n ser\u00e1 del 43%, el segundo del 46% y a partir del tercero ser\u00e1 del 50%.<\/p>\n<p><strong>Bonificaci\u00f3n por altas de familiares colaboradores de trabajadores aut\u00f3nomos<\/strong><\/p>\n<p>Los\u00a0<strong>aut\u00f3nomos colaboradores<\/strong>\u00a0podr\u00e1n disfrutar de una bonificaci\u00f3n del 50% que resulte de aplicar sobre la base m\u00ednima el tipo correspondiente de cotizaci\u00f3n vigente en cada momento en el R\u00e9gimen Especial de trabajo por cuenta propia que corresponda. Podr\u00e1 beneficiarse de esta bonificaci\u00f3n el\u00a0<strong>c\u00f3nyuge<\/strong>, pareja de hecho y<strong>familiares<\/strong>\u00a0de trabajadores aut\u00f3nomos por consanguineidad hasta el segundo grado inclusive. Tambi\u00e9n por adopci\u00f3n que se incorporen al\u00a0<strong>RETA<\/strong>\u00a0por primera vez o que colaboren con ellos mediante la realizaci\u00f3n de trabajos en la actividad de que se trate. En este caso, la bonificaci\u00f3n ser\u00e1 del 50% durante los 18 primeros meses el alta.<\/p>\n<p><strong>Reducci\u00f3n en la cuota de aut\u00f3nomos para j\u00f3venes menores de 30 a\u00f1os incorporados al RETA<\/strong><\/p>\n<p>Los j\u00f3venes menores de 30 a\u00f1os que no hayan estado dados de alta como aut\u00f3nomos en los cinco a\u00f1os anteriores, no empleen a\u00a0<strong>trabajadores<\/strong>\u00a0por cuenta ajena, no se den de alta como\u00a0<strong>Sociedad Limitada, An\u00f3nima<\/strong>, SLNE ni SLU, no sean aut\u00f3nomos colaboradores, ni hayan recibido una bonificaci\u00f3n anterior como aut\u00f3nomo, podr\u00e1n beneficiarse de las siguientes\u00a0<strong>reducciones<\/strong>\u00a0al darse de alta en el RETA:<\/p>\n<ul>\n<li>Reducci\u00f3n del 80% de la cuota durante los 6 primeros meses desde el alta.<\/li>\n<li>Reducci\u00f3n del 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes a la primera reducci\u00f3n.<\/li>\n<li>Reducci\u00f3n del 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes a la segunda reducci\u00f3n.<\/li>\n<li>Bonificaci\u00f3n del 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalizaci\u00f3n del periodo de reducci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estas reducciones tambi\u00e9n podr\u00e1n aplicarse a socios trabajadores de\u00a0<strong>Cooperativas de Trabajo Asociado<\/strong>\u00a0y su duraci\u00f3n ser\u00e1 de 30 meses ininterrumpidos, independientemente de los periodos de baja en el RETA en el plazo y que ser\u00e1n tenidos en cuenta a efectos de c\u00f3mputo de los 30 meses.<\/p>\n<p><strong>Reducci\u00f3n en la cuota para los nuevos aut\u00f3nomos mayores de 30 a\u00f1os<\/strong><\/p>\n<p>Los trabajadores que se den de alta por primera vez como aut\u00f3nomos en el RETA y sean mayores de 30 a\u00f1os, siempre y cuando no empleen a trabajadores por cuenta ajena, no hayan estado dados de alta en los cinco a\u00f1os anteriores, no se den de alta como S.L, S.A, SLNE ni SLU, no sean aut\u00f3nomos colaboradores, ni hayan recibido anteriormente otra\u00a0<strong>bonificaci\u00f3n<\/strong>\u00a0por ser aut\u00f3nomo, podr\u00e1 beneficiarse de las siguientes reducciones:<\/p>\n<ul>\n<li>Reducci\u00f3n del 80% de la cuota durante los primeros 6 meses.<\/li>\n<li>Reducci\u00f3n del 50% de la cuota durante los 6 meses siguientes a la primera reducci\u00f3n.<\/li>\n<li>Reducci\u00f3n del 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes a la segunda reducci\u00f3n.<\/li>\n<li>Bonificaci\u00f3n del 30% de la cuota en los 15 meses siguientes a la finalizaci\u00f3n del per\u00edodo de reducci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estas bonificaciones tambi\u00e9n son aplicables a los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado que se encuadren en el\u00a0<strong>R\u00e9gimen Especial de Aut\u00f3nomos.<\/strong><\/p>\n<p><strong>Reducci\u00f3n en la cuota de aut\u00f3nomos para incorporados al RETA<\/strong><\/p>\n<p>La reducci\u00f3n se aplica a las nuevas altas en el RETA de hombres menores de 30 a\u00f1os y mujeres menores de 35. Se podr\u00e1n beneficiar de una reducci\u00f3n del 30% de la cuota de aut\u00f3nomos que resulte de aplicar sobre la base m\u00ednima de cotizaci\u00f3n el tipo m\u00ednimo de cotizaci\u00f3n vigente en cada momento. Tendr\u00e1 una duraci\u00f3n de 15 meses desde el alta, y una bonificaci\u00f3n del 30% en los 15 siguientes meses.<\/p>\n<p><strong>Reducci\u00f3n para aut\u00f3nomos discapacitados con un grado igual o superior al 33%<\/strong><\/p>\n<p>Los trabajadores aut\u00f3nomos que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% y se den de alta en el RETA, podr\u00e1n optar a un reducci\u00f3n del 80% de la cuota en los 6 primeros meses y del 50% en los 54 meses siguientes.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, los menores de 35 a\u00f1os, se beneficiar\u00e1n de una reducci\u00f3n del 80% en la cuota durante los 12 primeros meses, y del 50% durante los 4 a\u00f1os siguientes. Sin embargo, no podr\u00e1 aplicarse esta reducci\u00f3n a los aut\u00f3nomos que contraten trabajadores, pero si a los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado que se encuentren en el RETA.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tanto para los trabajadores aut\u00f3nomos, como para los que est\u00e1n pensando en darse de alta, es vital conocer las reducciones y bonificaciones a las que pueden optar, ya que es posible ahorrar importantes cantidades. 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