La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo ha aprobado la Orden de 18 de febrero para la concesión de las nuevas líneas de ayuda destinadas a favorecer la integración sociolaboral de los colectivos en situación de exclusión social en Andalucía, a través de las denominadas empresas de inserción.
La nueva Orden sienta las bases reguladoras para la actuación de las empresas de inserción y anuncia la convocatoria de ayudas para el año 2014 fundamentalmente orientadas a la contratación y al mantenimiento del empleo a través de cuatro importantes líneas de ayudas, para cuya financiación el SAE ha destinado una presupuesto estimativo de 1.794.000 €.
Así, en la Orden se contemplan, en primer lugar, ayudas destinadas a financiar la inversión en inmovilizado, realizada para la creación de puestos de trabajo para las personas en situación de exclusión social, de modo que por cada puesto de trabajo creado, la entidad puede recibir hasta un 75% del coste total de la inversión en inmovilizado efectuada, con un límite de 8.000 euros, en el supuesto de contratación a tiempo completo y de 4.000 euros en el supuesto de contratación a media jornada.
En segundo lugar, se prevén y convocan ayudas destinadas al mantenimiento de nuevas contrataciones, con un importe que cubre el 50% de los costes salariales durante un máximo de doce meses.
En tercer lugar, se contemplan ayudas destinadas a la contratación o mantenimiento del puesto de trabajo del personal técnico responsable de las acciones de tutoría y acompañamiento a la inserción sociolaboral de las personas en situación de exclusión social, con un límite máximo de 31.817,22 euros. Y por último, la Orden regula la concesión de ayudas para sufragar la realización de auditorías anuales por las propias empresas de inserción, con cantidades que varían en función del número de trabajadores que integren la plantilla: 2.500 euros para una plantilla de hasta cinco personas trabajadoras y 3.000 euros para las que superen este volumen.
El Servicio Andaluz de Empleo, como órgano competente sobre las políticas activas de empleo en Andalucía, será el responsable de gestionar las cuatro líneas de ayudas previstas, que se adjudicarán en régimen de concurrencia competitiva.
El plazo para la presentación de las solicitudes es de un mes a partir del día siguiente al de la publicación en BOJA de la Orden, conforme a los anexos y documentación específica requerida para cada una de ellas y que pueden descargarse de la Oficina Virtual, para su presentación en papel, o tramitarse telemáticamente mediante la Ventanilla Electrónica de Administración. Las entidades que ya habían presentado la solicitud para obtener la calificación definitiva, podrán presentar las solicitudes en los mismos plazos, a la espera de obtener la inscripción definitiva en el registro de empresas de inserción.
Finalmente, en la nueva Orden se derogan diversas disposiciones que afectan a otros programas de incentivos gestionados por el Servicio Andaluz de Empleo, con vistas a su revisión y adaptación y a fin de asegurar aquellas líneas de ayuda prioritarias que faciliten la incorporación al mercado de trabajo de las personas desempleadas en Andalucía.
Fuente: Oficina Virtual de Empleo