Para la prolongación de 23 becas durante el próximo año, el Ministerio invertirá 352.360 euros
La cuantía establecida para los beneficiarios es de 1.150 euros mensuales a los que se aplican las retenciones legales
Para la participación en cursos de formación complementarios o desplazamientos fuera del término municipal, los becarios pueden recibir bolsas de formación y de viaje
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Acuerdo por el que se autoriza la prórroga para el año 2016 de 23 becas de formación práctica, para titulados universitarios, en el área de la industria alimentaria. Para ello se ha autorizado la inversión de 352.360 euros para la formación de capital humano durante el próximo año.
Estas becas, iniciadas en 2013, cubren entre otras áreas, la estadística, técnicas de mercado, economía agraria, marketing o producciones de calidad diferenciada y agricultura ecológica, derecho alimentario, publicidad, comunicación o gestión de contenidos.
También engloban materias como la economía, las ciencias del mar y ambientales, las técnicas biomoleculares e instrumentales, el análisis estadístico, el control oficial alimentario y la política agraria, alimentación e industria agroalimentaria.
Las becas, prorrogables por cuatro años, incluyen la participación en jornadas y estudios sobre el cooperativismo, el análisis de productos agroalimentarios, la participación en órganos colegiados sobre calidad alimentaria, la realización de estudios de investigación de mercado, la aplicación del derecho administrativo y gestión presupuestaria, así como el registro de productos ecológicos, la planificación de publicidad o la gestión de documentación y seguimiento de proyectos entre otras actividades.
La cuantía establecida para los beneficiarios es de 1.150 euros mensuales a los que se aplican las retenciones legales Para la participación en cursos de formación complementarios o desplazamientos fuera del término municipal, los becarios podrán recibir bolsas de formación y de viaje, en compensación por los gastos de desplazamientos, estancia y manutención.
Documentos


Leave a Reply