Competencia lingüística en lengua extranjera de nivel B1 o superior.
Con el objeto de conseguir igualdad de acceso a la formación independientemente del nivel económico de las familias, se considera adecuado dar apoyo financiero al alumnado que, debiendo acreditar para la obtención del título de Grado o Máster la correspondiente competencia lingüística en lengua extranjera de nivel B1 o superior, se halle en situación de dificultad económica. Para ello, se considera que se encuentra en dicha situación el alumnado que tenga concedida una Beca del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para cursar estudios universitarios.
Conceptos subvencionables: Costes incurridos para la obtención, adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas.
Personas que pueden solicitar las ayudas: alumnado de las Universidades andaluzas con dificultades económicas en la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas exigidas para la obtención de los Títulos de Grado o Master.
Orden de 19 de junio de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para promover y garantizar la igualdad de acceso al alumnado universitario con dificultades económicas en la adquisición y acreditación de las competencias lingüísticas exigidas para la obtención de los títulos de Grado o Máster

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